La Segunda Sala Penal de la Corte de Ucayali revocó una resolución que declaraba prescrita la acción penal contra la alcaldesa de Yarinacocha, Katherin Melissa Rodríguez Díaz, por el delito de administración fraudulenta.
La resolución se basa en hechos que ocurrieron en noviembre de 2011, cuando Rodríguez Díaz asumió los cargos de secretaria general y José Antonio Delgado Inga asumió el cargo de secretario de economía del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ucayali.
Durante su gestión, se les imputa haber hecho mal uso de los fondos del sindicato, omitiendo presentar informes económicos solicitados por los miembros. Ante las presuntas irregularidades, miembros de la junta directiva del sindicato renunciaron.
La directiva anterior entregó a los acusados S/ 11 796.70. Desde noviembre de 2011 hasta septiembre de 2014, los acusados recibieron aportes mensuales de los descuentos en la planilla de los trabajadores afiliados al sindicato. Estos descuentos sumaron S/ 29 684.97 en 2012, S/ 72 793.84 en 2013 y S/ 57 362.05 hasta septiembre de 2014.
Durante la gestión de Katherin Melissa Rodríguez Díaz y José Antonio Delgado Inga, los imputados no presentaron al consejo directivo y a la asamblea general el balance del movimiento económico y el arqueo económico semestral y anual del sindicato, a pesar de las reiteradas solicitudes de los miembros del sindicato. Ante estas supuestas irregularidades los miembros de la Junta Directiva del Sindicato, decidieron renunciar a sus cargos sin entregar los libros contables ni el estado de cuenta de los activos y pasivos de las aportaciones y donaciones.
El 1 de octubre de 2014, Mirtila Arancibia Mego, Felipa Maylle Ventura y Eva Yola Encio Suarez, en su condición de presidenta, secretaria y tesorera de la Comisión Transitoria del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ucayali, interpusieron una denuncia penal contra los imputados.
Por su parte, la Sala argumenta que el delito imputado a la alcaldesa de Yarinacocha es la administración fraudulenta, con una pena máxima de cuatro años. Considerando la suspensión de la prescripción desde la formalización de la investigación en febrero de 2015, la acción penal prescribiría el 4 de septiembre de 2026. En consecuencia, dio continuidad al proceso penal.
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