Carmen Edith De la Cruz Alayo nunca debió ser nombrada como Procuradora Pública Regional de Ucayali. Sin embargo, durante la gestión del expresidente regional Jorge Velásquez Portocarrero, se consumó una designación que contravino de forma flagrante los requisitos legales de idoneidad para el cargo.
Zona Pucallpa accedió a documentos que revelan que la designación de Carmen Edith De la Cruz Alayo como Procuradora Pública Regional de Ucayali fue no solo irregular, sino abiertamente contraria a la ley, ignorando su pésimo desempeño previo como fiscal y una inhabilitación firme por parte del Ministerio Público.
De la Cruz Alayo fue separada definitivamente del Ministerio Público mediante la Resolución N.° 1344-2010-MP-FN del 13 de agosto de 2010, tras un proceso de evaluación donde el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) concluyó que carecía de idoneidad para continuar en el cargo. Su recurso de reconsideración fue rechazado, quedando firme su salida con la Resolución N.° 161-2010-PCNM .
La evaluación del CNM fue contundente: 27 procesos disciplinarios, entre quejas, sanciones y denuncias, marcaban su historial. En el rubro de idoneidad, se analizaron 14 resoluciones emitidas por la exfiscal, todas calificadas como deficientes por falta de claridad, errores jurídicos y ausencia de lógica procesal. En su propia entrevista pública reconoció que tenía dificultades para elaborar dictámenes. Además, falló al responder preguntas básicas sobre Derecho Penal, lo que evidenció un desconocimiento elemental para ejercer funciones jurisdiccionales.
Aunque había asistido a 47 eventos académicos, solo cinco registraban evaluación, siendo el resto simples asistencias sin calificación. Lejos de reflejar mejora profesional, su desempeño fue calificado como pobre y carente de las competencias esenciales para el cargo.
Pese a este historial, el 8 de septiembre de 2010, el Gobierno Regional de Ucayali, encabezado por el expresidente Jorge Velásquez Portocarrero, decidió designarla como Procuradora Pública Regional, en flagrante incumplimiento del Decreto Legislativo N.º 1068, que prohíbe expresamente la designación de personas que hayan sido separadas del servicio público mediante resolución firme.
La Resolución Ejecutiva Regional N.º 1713-2010-GRU-P, firmada por el entonces presidente encargado Lutgardo Gutiérrez Valverde, con la participación de Ricardo Mejía Sifuentes, como presidente de la comisión evaluadora, oficializó su nombramiento, vulnerando normas legales elementales.
Con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N.º 1356, que reestructura el sistema de defensa jurídica del Estado, su permanencia en el cargo se tornó aún más ilegal, pues la nueva norma ratifica que quienes hayan sido separados del servicio estatal no pueden ocupar cargos de procuradores.
El caso De la Cruz Alayo pone al descubierto un sistema de nombramientos viciado, carente de filtros, y permisivo con la mediocridad y la ilegalidad. Su nombramiento no solo fue una burla a la meritocracia, sino que ha comprometido la legitimidad y eficacia de la defensa jurídica del Estado en la región. La Procuraduría General del Estado tiene la obligación urgente de intervenir, corregir esta grave transgresión normativa y sancionar a quienes permitieron este atropello legal y administrativo.
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