Ucayali: Gilder Pinedo cuestiona trabajo de la Fiscalía

El sentenciado alcalde de Nueva Requena, en su último recurso con el que busca la nulidad de su sentencia por negociación incompatible, que lo dejaría sin el sillón municipal, cuestionó también que el Ministerio Público, no haya incluido en la investigación al Administrador de la institución cuando este asumía el cargo de director, ya que sería de su entera responsabilidad los procesos de contrataciones.

La tarde de este lunes se llevó a cabo la audiencia de apelación a la sentencia suspendida de cuatro años por el delito de negociación incompatible, solicitada por el alcalde Gilder Pinedo Pinedo y otros tres imputados. Al momento de tomar la palabra para ejercer el derecho a su autodefensa, el burgomaestre, señaló que él no habría tenido nada que ver en las licitaciones de empresas ni en las contrataciones de sus coimputados, Pilar Ramírez Pinto, Tad Romi Macedo Tuanama y Marco Paredes Inga, cuando era director de Essalud en el periodo 2012-2013.

Ya que según la Fiscalía, estas personas habrían sido conocidos del entonces director, quienes durante su gestión, Romi Macedo Tuanama, asumía la Unidad de Adquisiciones; Marco Paredes Inga como jefe de Unidad de Admisión y Registros Médicos; Pilar Ramírez Pinto en el Área de Logística, áreas en donde se gestionaron y dieron trámite a los requerimientos de servicios médicos, valorizados en más de medio millón y la buena pro al grupo empresarial en el que era accionista su cuñado.

Sin embargo, Pinedo Pinedo, cuestionó la labor fiscal, al señalar el por qué no se había incluido en la investigación al administrador de Essalud, ya sería su despacho la que dio cumplimiento a la directiva de contrataciones, las cuales no pasaron por dirección.

“Los procesos tienen una directiva y es a la que ha dado cumplimiento la oficina de Administración mas no el director, eso no pasa por la dirección. Eso tiene que quedar claro, porque de acuerdo a la directiva solo ha dado cumplimiento la oficina de Administración (…) El fiscal en su momento cuando hizo su trabajo, ¿por qué no ha incluido al administrador para que él explique esto?, para que él en este momento explique por qué se hizo estas contrataciones. Referente a los procesos N es de entera responsabilidad de administración”

Con respecto a las licitaciones que presuntamente beneficiaron a la empresa en el que figura como accionista su cuñado, el alcalde indicó que, estas habían quedado nulas porque él las había solicitado ante la gerencia central de prestaciones. Asimismo, desmintió que al momento de sucedido los hechos, él no tenía vinculo o parentesco con esta persona, por lo que solicitó a la Sala evaluar los argumentos del Ministerio Público, ya que tendría que precisar y evaluar bien lo que ha hecho en su investigación.

“Esas acusaciones que hayan versado por el Ministerio Público, pues no ha podido probar durante todo el proceso de la investigación mi participación, en qué momento yo ordeno que beneficien a alguna empresa. Al Ministerio Público, le escucho que sigue sosteniendo lo de “cuñado”, hasta donde yo conozco un poco del derecho porque no soy abogado el artículo 134 del código civil establece que solamente el matrimonio genera vinculo de parentesco por lo tanto cuando sucedieron los hechos yo no estaba casado señor magistrado, yo me casé el 8 de setiembre del 2012, posterior a todos estos servicios que se han venido brindando no me puede venir inculpando el señor del Ministerio Público con que yo he estado beneficiando a mi cuñado”

 

Lectura de sentencia

Al concluir la audiencia de apelación desarrollada la tarde de este lunes, la Sala anunció que se llevará a cabo la Diligencia de lectura de sentencia, con las partes de manera virtual o presencial el próximo viernes 17 de junio a las 11 am.