El pasado jueves 04 de mayo en el pleno del Parlamento con mayoría (69 votos a favor, 28 votos en contra y 3 abstenciones) y sin debate, se aprobó el dictamen presentado por Perú Libre, del el Proyecto de Ley N° 2862, denominada «Ley Mordaza». El 18 de mayo se votará (2da votación) nuevamente. Ante ello, los gremios dedicados a la defensa de la libertad de expresión están alzando su voz de protesta por una ley que pretende amedrentar a la prensa dedicada a la fiscalización de la función pública. Esta ley agravaría las penas por delitos considerados de honor o difamación.
El Colegio de Periodistas de Ucayali, representado por su decana, Mg Clara Diaz Hidalgo, no es ajeno a esta preocupación y considera esta ley coactaría el trabajo del periodista peruano. El periodista no podría realizar ni una crítica constructiva a las autoridades, quienes podrían usar esta ley y cortar el trabajo de investigación de los hombres de prensa. La Mg Diaz considera que. «Es una vergüenza que frente a esta problemática la sociedad esté indiferente, si hoy están coactando a la prensa, el día de mañana van a coactar a todo el país», indicó.
Clara Diaz Hidalgo, decana del Colegio de Periodistas de Ucayali, también abordó el tema de la Ley 31676, que modifica el código penal con la finalidad de reprimir las conductas que afectan los principios de mérito, idoneidad y legalidad para el acceso a la función pública y la Ley 2862, conocida como «Ley Mordaza» que se encuentra en debate en el congreso de la República. En lo referido a la realidad de la región y concretamente a la defensa del trabajo de los profesionales en Ciencias de la Comunicación, la magister Diaz informó que, desde su rol en el decanato, ha impulsado y hecho incidencia, mediante cartas a las autoridades de la región y también de la mano del Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales (CONREDE) , sobre la necesidad de cumplir con las leyes existentes que exhortan a las autoridades del sector público a contratar profesionales, jefes de imagen colegiados y habilitados.
Asimismo cabe mencionar que dicha ley modifica el Artículo 381° (Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal del cargo) normando: «El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de la libertad no menos de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días – multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas».
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